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25, enero 2017 - 20:41

┃ Héctor Reyes

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La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación entró en sesión en donde se ventiló el recurso de reclamación interpuesto por la Federación Mexicana de Asociaciones de Atletismo (FMAA), luego de que no procedió e amparo directo 4579/2016 al resultar improcedente.

De no favorecer el fallo de la Suprema Corte a la FMAA quedará firme la resolución definitiva que emitió la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte (CAAD), en el recurso de apelación interpuesto por el Moisés Requena, presidente de la Asociación de Atletismo del Estado de México, en el expediente CAAD – RA 58/2013.

A la espera que se haga público el fallo de la Suprema Corte, se declara la ilegalidad de la convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria que se celebró el 15 de diciembre del 2013 emitida por la FMAA, firmada por Armando Barajas y Armando Martínez, con el aval de José Amado Aguilar, presidente de la CODEME.

En un largo proceso, Antonio Lozano recurrió a diferentes instancias legales tratando de invalidar la resolución definitiva, a partir del 29 de enero del 2015, desde que la CAAD declaró la ilegalidad de la convocatoria  y de la Asamblea General Extraordinaria que se efectuó el 26 de mayo de 2015. El titular de la FMAA promovió el juicio de nulidad.

El 11 de junio de 2015, en la Novena Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, determinó desechar la demanda de nulidad, porque la resolución impugnada se dictó por contravenir lo dispuesto en el Estatuto y Reglamento del Estatuto de la FMAA.

Si la Suprema Corte dicta en su contra, se acredita que Antonio Lozano deja de ser presidente de la FMAA, a partir de la notificación de la sanción impuesta por la CONADE con fecha del seis de junio de 2013 que fue una amonestación pública y todo lo que hizo a partir de ser notificado no tiene validez legal alguna. Lozano ante la CONADE no interpuso ningún recurso legal y también la Asamblea General Electiva quedó  sin validez legal alguna y por lo tanto, también el consejo directivo, desde el primero de abril del 2014.

De esta forma, la FMAA no podrá convocar a elecciones, y de manera legal y conforme a derecho quedarían inválidas las elecciones, relecciones y comisiones reorganizadoras que avaló e instaló Antonio Lozano en todo el país.

Y dentro de todo este contexto, contenido en el instrumento notarial número 110,508, con fecha del 19 de noviembre de 2010, protocolizado por el Notario Público número tres Felipe Carrasco en la Ciudad de México, quedará el consejo directivo encabezado por Israel Benítez, como presidente de la FMAA y tendría que ser reconocido por la CONADE y Comité Olímpico Mexicano.