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18, marzo 2020 - 20:33

┃ ESTO

Tokio-2020

Madrid.- El contrato que hace siete años firmaron el Comité Olímpico Internacional (COI) y Tokio para conceder a esta ciudad la organización de los Juegos de 2020 prevé todo tipo de situaciones que justificarían su cancelación, desde una guerra hasta un embargo, pero no una pandemia como la que ahora afecta al planeta y que arroja dudas sobre el normal desarrollo de la cita deportiva.

Tampoco la Carta Olímpica, la ‘constitución’ del Movimiento Olímpico, establece cómo debe actuar el COI en caso de que una enfermedad ponga en peligro los Juegos.

El contrato entre el COI y Tokio 2020 enumera las razones que conducirían a una suspensión de los Juegos, pero en ningún momento se abre la posibilidad de un aplazamiento.

El artículo 66, dedicado al “Vencimiento del contrato”, señala en su apartado a/ que el COI estará “autorizado a poner fin al contrato y retirar los Juegos a la ciudad” si el país sede “está en algún momento, antes de la ceremonia inaugural o durante los Juegos, en estado de guerra, desorden civil, boicot, embargo decretado por la comunidad internacional o una situación reconocida oficialmente como beligerante o”, apunta el texto, “si el COI tiene razones fundadas para creer, según su propio criterio, que la seguridad de los participantes en los Juegos estaría gravemente amenazada o comprometida por cualquier razón”.

Este último criterio sería el que justificaría un cambio en los planes olímpicos por culpa del coronavirus, si el COI considera que el COVID-19 supone un riesgo grave para los participantes. Otro motivo citado para cancelar los Juegos es “que no se celebran durante el año 2020”.