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7, abril 2020 - 13:06

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Foto: Reuters

POR BRIAN SALES

Tras una serie de reuniones, la FIFA tomó la decisión de decretar que los futbolistas que terminan contrato en los próximos meses, deberán quedarse en sus equipos hasta que sus temporadas finalicen. En el caso de jugadores que ya tenían contrato en otro equipo, reportarán hasta que acabe la temporada del club en el que militan.

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“Con la suspensión de las actividades futbolísticas en la mayoría de los países, es obvio que la temporada actual no terminará en la fecha prevista. “Por tanto, se propone que los contratos se amplíen hasta el momento en el que realmente termine la temporada. Esta medida se corresponde con la intención original de las partes al firmar el contrato y contribuirá a preservar la integridad y la estabilidad del deporte”, indicó en un comunicado.

El organismo que media el futbol en el mundo también destacó que una situación similar sucederá con los acuerdos entre clubes y jugadores que estén programados para iniciar la siguiente temporada.

“Un principio similar se aplica a los contratos cuyo inicio estaba previsto para el principio de la próxima temporada: su entrada en vigor se pospondrá hasta el inicio real de la misma”, informó la FIFA.

Respecto a los aplazamientos o disminuciones en los pagos a los jugadores, la FIFA dio libertad para que cada club pueda mediar por su cuenta y llegar a arreglos, siempre y cuando las dos partes estén de acuerdo con la decisión final.

“La FIFA recomienda que se tengan en cuenta por igual todos los aspectos de cada situación, incluidas las medidas gubernamentales en apoyo de clubes y jugadores, la posibilidad de aplazar o reducir los pagos y las posibles coberturas de los seguros”, compartió.

“Si las partes no logran llegar a un acuerdo y, como consecuencia, los casos se trasladan a la FIFA, se examinarán los siguientes factores: la existencia de un intento genuino por parte del club de llegar a un acuerdo con los jugadores: la situación económica del club; la proporcionalidad de las adaptaciones a los contratos de los jugadores; los ingresos netos de los jugadores después de adaptar los contratos, y el trato igualitario a los jugadores“, añadió.

ESTO DIJO

“Se trata de una situación insólita para el fútbol. Desde la Segunda Guerra Mundial no se producía una suspensión del fútbol federado como la que estamos viviendo en la actualidad. La FIFA ha recibido un gran volumen de preguntas y solicitudes, en su mayor parte relacionadas con el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA (RETJ)”
/FIFA

¿QUÉ SUCEDERÁ?
1. Contratos con una fecha de vencimiento próxima y nuevos contratos
– Si un contrato vence en la fecha de finalización original de la temporada, dicho vencimiento deberá prolongarse hasta la nueva fecha de finalización de la temporada.

– Si un contrato comienza en la fecha de inicio original de la próxima temporada, dicho comienzo deberá posponerse hasta la nueva fecha de inicio de la próxima temporada.

– En caso de que se produzca un solapamiento de temporadas o períodos de inscripción, y a menos que todas las partes acuerden otra cosa, se dará prioridad al club anterior para completar la temporada con su equipo original, a fin de salvaguardar la integridad de las ligas nacionales, las competiciones de las FM y las competiciones continentales.

– Sin perjuicio de las enmiendas recomendadas a las fechas de los contratos, toda remuneración pagadera por contrato antes de la fecha de inicio de un contrato deberá aplazarse hasta la nueva fecha de inicio de la próxima temporada o el primer período de inscripción.

2. Contratos que no se pueden cumplir como las partes habían previsto
Es probable que las partes no puedan cumplir con sus obligaciones contractuales, porque los jugadores y los entrenadores no puedan trabajar y los clubes no puedan ofrecerles trabajo:

-Se insta firmemente a los clubes y a sus empleados (jugadores y entrenadores) a llegar a acuerdos colectivos adecuados en el ámbito de cada club o de cada liga, en relación con las condiciones de trabajo durante el periodo de suspensión de la competición a causa de la COVID-19.

-Solo se admitirán decisiones unilaterales de modificar contratos si se toman de acuerdo con la legislación nacional o si se trata de casos reconocidos por los convenios colectivos u otros mecanismos de negociación colectiva similares.

3. Periodos de transferencias

-Se aprobarán todas las solicitudes de ampliación de la fecha de finalización de la temporada actual;

-Se aprobarán todas las solicitudes de ampliación o enmienda de los periodos de inscripción que ya hayan comenzado, siempre y cuando su duración no supere el límite máximo (es decir, 16 semanas) establecido en el RETJ;

-Se aprobarán todas las solicitudes de ampliación o aplazamiento de los periodos de inscripción que no hayan comenzado, siempre y cuando su duración no supere el límite máximo (es decir, 16 semanas) establecido en el RETJ;

-Se permitirá a las federaciones miembro modificar las fechas de la temporada y/o los periodos de inscripción, tanto a través del TMS (sistema de transferencias) como mediante notificación a la FIFA fuera de este sistema;

-Un profesional cuyo contrato haya vencido o se haya rescindido a consecuencia del Covid-19 tendrá derecho a ser inscrito por una FM fuera del periodo de inscripción, con independencia de la fecha de vencimiento o rescisión.